Esta excepción de carácter temporal se ha puesto en conocimiento de la Comisión Europea, por lo que en caso de sanción puede alegarse a la hora de reclamar.
El Ministerio de Fomento ha publicado en el BOE del 22 de noviembre una Resolución por la que se excluye temporalmente el cumplimiento de los tiempos de conducción y descanso en los transportes de mercancías y viajeros por carretera, a las operaciones que a las operaciones que hayan tenido lugar en Cataluña los días 11, 12 y 13 de noviembre.
Asimismo, en esta ocasión la medida también afecta a las retenciones que tuvieron lugar en las carreteras AP-8, N-121 y Gi-636 situadas en la provincia de Guipúzcoa con sentido a Francia el 12 de noviembre (entre las 18 y las 23 horas). Esta excepción de carácter temporal se ha puesto en conocimiento de la Comisión Europea, por lo que en caso de sanción puede alegarse a la hora de reclamar.
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