Autocares de servicio regular de la empresa Travidi.
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se establece la relación de componentes básicos de costes y las fórmulas tipo generales de revisión de las tarifas de los contratos del sector público de transporte regular de viajeros por carretera.
El Real Decreto contempla ocho fórmulas de revisión de precios que serán aplicables a los contratos de transporte de viajeros por carretera, que contienen una fórmula de revisión de precios en función de las características del recorrido y del tipo de vehículo a utilizar (autocares y microbuses), así como de la eventual utilización de estaciones de autobuses sujeta a pago de cánones o tarifas.
“La Ley de Desindexación de la economía española estableció un régimen de actualización de valores monetarios de los contratos públicos que no permite la revisión de precios referenciada a índices generales como el IPC, por lo que, si un contrato público prevé la revisión, ésta debe referirse a componentes de coste objetivables”, añaden desde Confebús.
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