Europa sentencia que Uber es un servicio de transporte

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Uber es un “servicio en el ámbito de los transportes”, dice la UE.


Una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) afirma que las autoridades nacionales pueden exigir licencia de taxi a la compañía Uber, al considerar que se trata de una empresa de transporte y no de una plataforma digital de intermediación entre conductores y viajeros.


“El Tribunal de Justicia estima que debe considerarse que este servicio de intermediación forma parte integrante de un servicio global cuyo elemento principal es un servicio de transporte y, por lo tanto, que no responde a la calificación de ‘servicio de la sociedad de la información’, sino a la de ‘servicio en el ámbito de los transportes”, según ha señalado el TJUE.


La sentencia, ante la que no cabe recurso, responde a una denuncia por supuesta competencia desleal presentada en 2014 por la asociación catalana de taxistas Elite Taxi Barcelona contra Uber. Gracias a la decisión, las autoridades nacionales pueden exigir la licencia, los permisos correspondientes y los requisitos que cumple el resto del sector del transporte público.


La sentencia del TJUE señala que “un servicio de esta índole está excluido del ámbito de aplicación de la libre prestación de servicios en general, así como del ámbito de aplicación de la directiva relativa a los servicios en el mercado interior y del de la directiva sobre el comercio electrónico”. De ello se desprende que, “en el estado actual del Derecho de la Unión, incumbe a los Estados miembros regular las condiciones de prestación de estos servicios, siempre que se respeten las normas generales del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea”.


Las asociaciones de taxistas han acogido la sentencia con entusiasmo y consideran que forzará al regulador nacional a cambiar de planes con respecto a la mal llamada economía colaborativa. Queda por ver cómo se traslada a las plataformas que realizan viajes compartidos de larga distancia como Blablacar.


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