Los transportistas recibirán cuatro millones de mascarillas a través del Ministerio de Transporte

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La labor de los transportistas es siempre importante, pero estos días se hace imprescindible para garantizar el suministro", recuerdan desde CETM.


El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha publicado en el BOE la Orden TMA/263/2020, de 20 de marzo (consulta aquí la Orden), por la que se regula la adquisición y distribución de mascarillas para que el personal relacionado con el sector del transporte pueda seguir desempeñando sus funciones con la debida protección de la salud.


Las mascarillas serán adquiridas por el propio Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y serán las organizaciones empresariales del transporte quienes se encarguen de solicitar a la Dirección General de Transporte Terrestre, en el plazo de dos días, las que necesitamos, siendo además las responsables de su distribución final a los trabajadores del sector.


En total, se destinarán, aproximadamente, unos cuatro millones de mascarillas a los trabajadores que prestan servicios en el ámbito del transporte terrestre de viajeros y de mercancías, que serán financiados por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


"La labor de los transportistas es siempre importante, pero estos días se hace imprescindible para garantizar el suministro. Nuestros profesionales, a pesar de estar haciendo un elevado esfuerzo para que no nos falte de nada, no lo están teniendo tan fácil como sería de esperar en una situación así", ponen de manifiesto desde CETM.


Para esta patronal, "es absolutamente imprescindible que protejamos a los conductores profesionales, ya que de su salud depende el transporte de todas y cada una de las mercancías (alimentos, agua, medicinas, material sanitario, etc.) que tanto necesitamos en estos momentos y que si llegaran a faltar provocarían una situación de caos irreversible".


Distribución a los conductores


Sobre el proceso de distribución de mascarillas a los conductores, desde CETM advierten de que solo la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana está autorizada para precisar los criterios de asignación y el procedimiento de distribución de las mascarillas para trabajadores que prestan servicios en el ámbito del transporte terrestre.


Así, en el ejercicio de esta habilitación y, tal y como se ha informado desde la propia Dirección General de Transporte Terrestre, en breve se dictarán las instrucciones necesarias que se darán a conocer en el momento oportuno.


En dichas instrucciones se recogerán criterios transparentes de asignación, se establecerá un procedimiento ágil y con el control adecuado y se tomaran las medidas adecuadas para poder llevar a efecto su distribución.


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