Interior flexibiliza los servicios de transporte con la eliminación de restricciones y la prórroga de autorizaciones

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En el mismo sentido, también quedan suspendidas las siguientes restricciones de circulación:



  • Las restricciones por fechas para los vehículos o conjuntos de vehículos de más de 7.500 kilogramos de MMA.

  • Las restricciones de festivos y fines de semana para los vehículos que transportan mercancías peligrosas (ADR).

  • Las restricciones por fechas y de festivos y fines de semana de los vehículos y transportes especiales.

  • Todas las restricciones a la circulación de vehículos de transporte en Cataluña y en el País Vasco.


El periodo de duración de estás suspensiones se mantendrá durante la vigencia del estado de alarma y sus sucesivas prorrogas.


Además, todos los permisos y licencias de conducción, así como las autorizaciones administrativas para conducir (por ejemplo, el carné ADR), que caduquen durante el estado de alarma y sus prorrogas, quedarán automáticamente prorrogados durante la duración de ésta y hasta 70 días después de su finalización.


También queda interrumpido el plazo de seis meses durante el cual, el titular de un permiso de conducción extranjero, valido para conducir en España, puede conducir en el territorio nacional.


Finalmente, se prorroga la vigencia de las autorizaciones temporales de circulación, durante la vigencia del estado de alarma y sus sucesivas prórrogas hasta sesenta días después de su finalización.



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